Nombre del Trámite
SOLICITUD DE TARIFA ESPECIAL INSTITUCIONES EDUCATIVAS Última modificación : 2022-11-25

Descripción
Es una tarifa especial que se cobra a las Instituciones Educativas al pago del impuesto predial.

¿Cómo tramitarlo?
1.- Acude a la ventanilla de la Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria. 2.- Presentar los documentos necesarios para su tramite mencionados en esta ficha.

Requisitos
Quien lo solicita Las instituciones Educativas del Municipio de Guadalupe
Documentos Solicitados 1. Solicitud por escrito, 2. Comprobante del pago del Impuesto Predial actualizado 3. Tener la construcción registrada 4. Acta constitutiva 5. Escritura 6. Identificación del apoderado legal 7. Escrito de la SEP 8. Certificación de la SEP.
Formatos Preestablecidos Ninguno

Oficinas y Contacto
Secretaría Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal
Secretario o Director Lic. Juan Manuel Saldivar González
Área y Departamento Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria - Coordinacion de Predial y Modernización Catastral
Ubicación Oficinas, Guadalupe 120 pte. Centro de Guadalupe
Contacto 80076500 ext 6470,1663
Responsable del Trámite C.P. Cesar Enrique Ortiz de Santiago

Horarios
Lunes a Viernes de 8:00 am a 5:00 pm

Tiempo de Respuesta y Costos
Costo y Medio de Pago Ninguno
Plazo o Tiempo de Respuesta De 30 días hábiles, dependiendo de los procesos internos de Catastro del Estado.
Criterios de Resolución del Trámite Cubriendo con los requisitos establecidos, se procede con su tramite.
Documento que se Obtiene Aprobacion para el pago de tarifa especial minima para Instituciones Educativas
Vigencia del Trámite o Servicio Indefinido, hasta presentar algún movimiento o cambio ante catastro del estado.

Información Adicional
Se debe tener construcción registrada

Fundamento Legal
La ley de hacienda de los municipios, art. 21 bis 9 fracc I y II “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida"