Nombre del Trámite
SOLICITUD DE TARIFA ESPECIAL PARA PENSIONADO Última modificación : 2022-11-25

Descripción
Es una tarifa especial que se cobra a las personas pensionadas, referente al pago del impuesto predial.

¿Cómo tramitarlo?
1.- Acude a la ventanilla de la Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria. 2.- Presentar los documentos necesarios para su tramite mencionados en esta ficha.

Requisitos
Quien lo solicita La ciudadania del Municipio de Guadalupe
Documentos Solicitados REQUISITOS EN COPIAS 1.- Acta de nacimiento de los dos 2.- Acta de matrimonio o defunción del cónyuge 3.- Credencial o tarjeta de la pensión 4.-Estado de cuenta del banco o comprobante de ingresos menor a $ 6,516.00 mensual 5.- Credencial de elector (INE) 6.- Impuesto predial al corriente y a su nombre
Formatos Preestablecidos Ninguno

Oficinas y Contacto
Secretaría Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal
Secretario o Director Lic. Juan Manuel Saldivar González
Área y Departamento Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria - Coordinacion de Impuesto Predial y Modernizacion Catastral
Ubicación Oficinas, Guadalupe 120 Pte. Centro de Guadalupe.
Contacto 80076500 ext 6470,1663
Responsable del Trámite C.P. Cesar Enrique Ortiz de Santiago

Horarios
Lunes a Viernes de 8:00 am a 5:00 pm

Tiempo de Respuesta y Costos
Costo y Medio de Pago Ninguno
Plazo o Tiempo de Respuesta De 30 días hábiles, dependiendo de los procesos internos de Catastro del Estado
Criterios de Resolución del Trámite Cubriendo con los requisitos establecidos, se procede con el tramite.
Documento que se Obtiene Pago de Impuesto Predial con tarifa especial para pensionado.
Vigencia del Trámite o Servicio Indefinido, hasta presentar algún movimiento o cambio ante catastro del estado.

Información Adicional
1 Debe tener construcción Habitacional Registrada 2 Personas Pensionadas con ingresos no mayores a $6,516.00 al mes 3 Valor catastral no mayor a $1,277,831.00 4 No tener otra propiedad en todo el estado

Fundamento Legal
La ley de los municipios, art. 21 bis 9 fracc IX “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida"