Nombre del Trámite
SOLICITUD DE TARIFA ESPECIAL POR MUJER SOLA Última modificación : 2022-11-25

Descripción
Es una tarifa especial en el pago del Impuesto Predial, en los casos de que la mujer es el soporte y sustento de la familia.

¿Cómo tramitarlo?
1.- Acude a la ventanilla de la Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria. 2.- Presentar los documentos necesarios para su tramite mencionados en esta ficha.

Requisitos
Quien lo solicita La mujer que es el soporte y sustento de la familia.
Documentos Solicitados Copias: 1. Acta de nacimiento 2. Credencial de elector 3. Comprobante del pago del Impuesto Predial actualizado 4. Carta de soltería.
Formatos Preestablecidos Ninguno

Oficinas y Contacto
Secretaría Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal
Secretario o Director Lic. Juan Manuel Saldivar González
Área y Departamento Ingresos y Recaudación Inmobiliaria - Coordinación de Predial y Modernización Catastral
Ubicación Oficinas, Guadalupe 120 pte. Centro de Guadalupe.
Contacto 80076500 ext 6470,1663, 80076567
Responsable del Trámite C.P. Cesar Enrique Ortiz de Santiago

Horarios
Lunes a Viernes de 8:00 am a 5:00 pm

Tiempo de Respuesta y Costos
Costo y Medio de Pago Ninguno
Plazo o Tiempo de Respuesta De 30 días hábiles, dependiendo de los procesos internos de Catastro del Estado.
Criterios de Resolución del Trámite Cubriendo con los requisitos establecidos, se procede con su tramite.
Documento que se Obtiene Pago de Impuesto Predial con tarifa especial por mujer sola.
Vigencia del Trámite o Servicio Indefinido, hasta presentar algún movimiento o cambio ante catastro del estado.

Información Adicional
1 Debe tener construcción Habitacional Registrada. 2 Valor catastral no mayor a $1,277,831.04. 3 Tener una sola propiedad en el estado.

Fundamento Legal
La Ley de hacienda de los municipios, art. 21 bis 9 fracc IX. “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida"