Nombre del Trámite
Programa para la Atención y Prevención del Trabajo Infantil. Última modificación : 2022-02-22

Descripción
Personal de planteles educativos, organizaciones civiles y ciudadanía en general realizan el reporte del avistamiento de niñas, niños y adolescentes que trabajan en la vía púbica o realizan actividades de mendicidad. Para realizar la intervención oportuna se solicita la ubicación y características de los menores de edad.

¿Cómo tramitarlo?
Se recibe el reporte telefónicos a la línea de protección 81 40 40 9000 (De manera anónima).

Requisitos
Quien lo solicita Ciudadanos del Municipio de Guadalupe.
Documentos Solicitados Ninguno.
Formatos Preestablecidos Ninguno

Oficinas y Contacto
Secretaría Dirección General del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia DIF
Secretario o Director Lic. Luis Alberto Zertuche Rosas
Área y Departamento Coordinación de Fortalecimiento a la Parentalidad
Ubicación Ave. Nuevo León S/N casi esquina con Toluca, Colonia Ignacio Allende.
Contacto Coordinación de Fortalecimiento a la Parentalidad Tel: 80 07 63 10
Responsable del Trámite Lic. José Domingo Gatica Juárez. Coord. de Fortalecimiento a la Parentalidad.

Horarios
Lunes a Sábado de 8:00 a 17:00 horas

Tiempo de Respuesta y Costos
Costo y Medio de Pago Gratuito.
Plazo o Tiempo de Respuesta Inmediato
Criterios de Resolución del Trámite Ninguno
Documento que se Obtiene Ninguno
Vigencia del Trámite o Servicio Permanente

Información Adicional
El Personal del Programa Para la Atención y Prevención del Trabajo Infantil, imparte las pláticas y talleres psicoeducativos; así como la materia de Derechos de infancia, violencia familiar, perspectiva de género y auto cuidado para los cadetes y sus familias

Fundamento Legal
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Nuevo León. CAPÍTULO X DERECHO DE ACCESO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y A LA INTEGRIDAD PERSONAL. Artículo 48. Artículo 49: I. V. VI. VII. VIII. Artículo 50. Artículo 51: I. II. III. CAPITULO XXI NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES MIGRANTES Artículo 114. CAPÍTULO V DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES ARTÍCULO 36: X. Artículo 37: IX.