Nombre del Trámite | |
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PAGO DE INSCRIPCION EN EL PADRON DE CONSTRIBUYENTES POR ESTACIONAMIENTO EXCLUSIVO | Última modificación : 2022-11-25 |
Descripción |
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Pago para inscripción de contribuyentes por estacionamiento exclusivo. |
¿Cómo tramitarlo? |
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1.- Acude a la ventanilla de información en Mesa de Hacienda 2.- Presentar los documentos necesarios para su tramite mencionados en esta ficha. |
Requisitos | |
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Quien lo solicita | El Titular solicitante del estacionamiento exclusivo. |
Documentos Solicitados | 1. Solicitud autorizada por la Dirección de Ingeniería Vial 2. Credencial de elector 3. Comprobante del pago del Impuesto Predial actualizado 4. Número telefónico (Toda la documentación deberá presentarse en original y 1 copia.) |
Formatos Preestablecidos | Ninguno |
Oficinas y Contacto | |
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Secretaría | Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal |
Secretario o Director | Lic. Juan Manuel Saldivar González |
Área y Departamento | Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria - Coordinación de Mesa de Hacienda |
Ubicación | Oficinas, Lázaro Cardenas cruz con Plutarco ElÍas Calles, Col. Ignacio Zaragoza |
Contacto | 8135-5915 rgarcia@guadalupe.gob.mx |
Responsable del Trámite | Lic. Ricardo García Coronado |
Horarios |
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Lunes a Viernes de 8:00 am a 4:00 pm, sábados de 8:00 am a 12:00 pm. |
Tiempo de Respuesta y Costos | |
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Costo y Medio de Pago | 1.4 Cuota de Unidad de Medida y Actualización vigente, pago en efectivo. |
Plazo o Tiempo de Respuesta | Inmediata. |
Criterios de Resolución del Trámite | Cubriendo con los requisitos establecidos, se procede con su tramite. |
Documento que se Obtiene | Original de la solicitud de inscripción al padrón de contribuyentes y recibo de pago del tramite. |
Vigencia del Trámite o Servicio | Indefinida durante la vigencia del estacionamiento exclusivo. |
Información Adicional |
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Ninguna |
Fundamento Legal |
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Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León. “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida" |