Nombre del Trámite | |
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Visto Bueno de los Análisis Clínicos | Última modificación : 2018-05-08 |
Descripción |
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Visto bueno de análisis clínicos para trámite de permiso ante la Dirección de Comercio para vender alimentos en la vía pública y tortillerías. |
¿Cómo tramitarlo? |
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1) Acudir a las instalaciones de la Coordinación de Regulación Sanitaria. 2) Llevar los resultados de los exámenes de laboratorio de: reacciones febriles, copro seriado (tres muestras) y baciloscopía única y dos fotografías. |
Requisitos | |
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Quien lo solicita | Todo ciudadano interesado en realizar actividades de comercio de productos alimenticios en la vía pública. |
Documentos Solicitados | 1.- Resultados de los exámenes de laboratorio de: reacciones febriles, copro seriado (tres muestras) y baciloscopía única. |
Formatos Preestablecidos | No existe. |
Oficinas y Contacto | |
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Secretaría | Secretaría de Bienestar |
Secretario o Director | Dr. Adrián de Hoyos González. |
Área y Departamento | Dirección de Salud Pública / Coordinación de Regulación Sanitaria. |
Ubicación | Artículo 123 # 3161, Col. 20 de noviembre. |
Contacto | 80076664 y 80076665 / maria.hernandez@guadalupe.gob.mx. |
Responsable del Trámite | C. Eligio Villalón García. maria.hernandez@guadalupe.gob.mx |
Horarios |
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Lunes a Viernes de 9:00 a 17:00 hrs. |
Tiempo de Respuesta y Costos | |
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Costo y Medio de Pago | Gratuito. |
Plazo o Tiempo de Respuesta | 15 días hábiles. |
Criterios de Resolución del Trámite | El buen estado de salud del interesado reflejado en los exámenes médicos. |
Documento que se Obtiene | Visto bueno. |
Vigencia del Trámite o Servicio | 6 meses. |
Información Adicional |
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Es el otorgamiento del visto bueno por parte de la Dirección de Salud Pública municipal, un registro previo para el trámite del permiso de operación ante la Dirección de Comercio y su aprobación que va acorde a los lineamientos de la Dirección de Salud Pública Municipal. |
Fundamento Legal |
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Ley General de Salud Ley Estatal de Salud Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de NL Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Guadalupe, N.L. en el capítulo VII, artículo 16, fracciones IX y XIII. Normas Oficiales Mexicanas (NOM) del Sector Salud Manual de Organización, Plan Municipal de Desarrollo Vigente y Reglamento para la Entrega Recepción de la Administración Pública del Municipio de Guadalupe, N.L “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida". |