Nombre del Trámite
Orientación psicológica para jovenes Última modificación : 2025-03-25

Descripción
Dicha orientación consiste en brindar atención psicológica y orientación vocacional a los jóvenes que acuden en busca de apoyo para los distintos tipos de problemas emocionales como ansiedad, depresión, estrés, etc.

¿Cómo tramitarlo?
1. Se presenta en el Instituto Municipal de la Juventud. 2. Se le pasa con el encargado del área de psicología. 3. Se realiza el llenado de una pre- consulta psicológica. 4. Se agenda una cita personal o vía telefónica. 5. Se le hace mención del encuadre de la sesión.

Requisitos
Quien lo solicita Jóvenes de Guadalupe
Documentos Solicitados Copia simple de credencial de elector (en caso de ser menor de edad, del padre, madre o tutor) Copia simple de comprobante de domicilio.
Formatos Preestablecidos

Oficinas y Contacto
Secretaría Secretaría de la Mujer, Inclusión y Derechos Humanos
Secretario o Director Lic. Guillermo Puente González
Área y Departamento Coordinación de Vinculación y Proyectos Estratégicos
Ubicación Av. Benito Juárez #3200 Col. Camino Real.
Contacto Tel: 80076450 Correo: gpeinjuve@gmail.com
Responsable del Trámite Adrián Abdiel Valdez Ramos

Horarios
Lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hrs.

Tiempo de Respuesta y Costos
Costo y Medio de Pago Ninguno
Plazo o Tiempo de Respuesta Inmediata
Criterios de Resolución del Trámite El interesado debe dar la información completa y correcta.
Documento que se Obtiene
Vigencia del Trámite o Servicio

Información Adicional
Se elaborará un cuadro de consulta y seguimiento.

Fundamento Legal
Art. 3. Del reglamento del Instituto Municipal De La Juventud Art.4. II y V. Del reglamento del Instituto Municipal De La Juventud Art.6. Del reglamento del Instituto Municipal De La Juventud Art.7. III y V. Del reglamento del Instituto Municipal De La Juventud Art.8.III. Del reglamento del Instituto Municipal De La Juventud “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida"