Nombre del Trámite
Tramite de becas académicas "Rescatando Sueños" Última modificación : 2022-11-24

Descripción
En el Instituto de la Juventud contamos con diversos convenios educativos, a través de los cuales se otorgan becas de descuento con diferentes porcentajes que van del 20% al 100%.

¿Cómo tramitarlo?
El ciudadano tiene que acudir a nuestras instalaciones con la documentación solicitada, posteriormente se le expide una carta dirigida hacia la institución en la que le soliciten la beca y para finalizar el trámite ellos entregan personalmente el documento expedido.

Requisitos
Quien lo solicita Jóvenes guadalupenses estudiantes a ingresar, o ya cursando su formación académica en alguna de las diferentes escuelas con las que se tiene convenio, abarcando nivel medio superior, superior y posgrado.
Documentos Solicitados Copia de acta de nacimiento Copia de comprobante de domicilio Copia de credencial de elector (en caso de ser menor de edad, del padre o tutor). Copia de Kardex simple.
Formatos Preestablecidos

Oficinas y Contacto
Secretaría Secretaría de la Mujer, Inclusión y Derechos Humanos
Secretario o Director Lic. Miguel Izaguirre
Área y Departamento Dirección General de Políticas para el Desarrollo Integral de la Juventud
Ubicación Av. Benito Juárez #3200 Col. Camino Real.
Contacto Tel: 80076450 Correo: gpeinjuve@gmail.com
Responsable del Trámite Lic. Miguel Izaguirre

Horarios
Lunes a viernes de 08:00 a 17:00 hrs.

Tiempo de Respuesta y Costos
Costo y Medio de Pago Tramite gratuito
Plazo o Tiempo de Respuesta Menor a una hora.
Criterios de Resolución del Trámite
Documento que se Obtiene Carta para acceso a descuento en colegiatura y/o mensualidad por convenio.
Vigencia del Trámite o Servicio

Información Adicional
La carta la tiene que llevar el alumno a la escuela para que al pagar le apliquen el descuento correspondiente.

Fundamento Legal
Artículo 30 del Reglamento de Gobierno Municipal del Ayuntamiento de Guadalupe, Nuevo León. “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida"