| Nombre del Trámite | |
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| DESMONTE Y TALA DE ÁRBOLES EN PREDIOS A URBANIZAR | Última modificación : 2026-03-23 |
| Descripción |
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| Conjunto de actos y procedimientos administrativos que deben cumplirse para autorizar la tala de árboles y la remolición de vegetación natural (arbustos, maleza, cubierta vegetal, entre otros) en predios de propiedad pública o privada, derivado de proyectos de urbanización, infraestructura o cambio de uso de suelo, con la finalidad de que dichas actividades se realicen de manera legal, ordenada y conforme a la normatividad ambiental vigente, garantizando la mitigación de impactos ambientales y la reposición forestal correspondiente. |
| ¿Cómo tramitarlo? |
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| 1. Presentación de la solicitud: El interesado deberá presentar la solicitud correspondiente ante la Dirección General de Medio Ambiente y Sustentabilidad, debidamente requisitada y acompañada de la totalidad de los documentos requeridos. 2. Revisión y evaluación: La autoridad competente revisará la documentación presentada y realizará una visita técnica de inspección al predio, con el objeto de verificar la existencia, tipo y condiciones de la vegetación y los árboles a afectar, así como la viabilidad ambiental al proyecto. 3. Dictamen técnico: Con base en el análisis documental y en lo observado durante la visita técnica, se emitara el Dictamen Técnico, en el cual se determinará, en su caso, la obligación de compensación ecológica y reposición forestal, especificando la cantidad, características y destino de los árboles a reponer, mismo que sera notificado por escrito al solicitante. 4. Reposición forestal: El promovente deberá acudir o comunicarse con un vivero autorizado por el Municipio para la adquisición de los árboles determinados como reposición. El vivero expedirá la factura correspondiente, la cual deberá presentarse en original y copia ante la Dirección General de Medio Ambiente y Sustentabilidad para su validación. 5. Autorización: Una vez acreditado el cumplimiento de la reposición forestal ordenada, se emitirá la Autorización de tala y/o afectación de la cubierta vegetal, en la cual se establecerán, entre otros aspectos, el número de árboles autorizados para tala, la superficie a afectar, así como los lineamientos y condicionantes ambientales para la ejecución de las actividades de tala, desmonte, limpieza y/o deshierbe. Dicha autorización sera notificada formalmente al solicitante. |
| Requisitos | |
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| Quien lo solicita | Propietario de predio y/o su representante legal debidamente acreditado |
| Documentos Solicitados | 1. Solicitud debidamente requisitada 2. Copia de escrituras o documento legal que acredite la propiedad del predio. 3. Acta constitutiva de la persona moral, en su caso. 4. Copia del recibo del impuesto predial al corriente. 5. Carta poder otorgada por el propietario del predio al gestor o tramitador. 6. Copia de identificación oficial vigente del propietario y tramitador. 7. Copia del proyecto urbanístico o de uso de suelo autorizado. 8. Copia del instructivo de notificación de la aprobación del proyecto urbanístico. 9. Copia del inicio del trámite de uso de suelo indicando el número de expediente asignado por la Dirección General de Desarrollo. 10. Plano de arbolado identificando en color rojo los árboles a talar, en verde los árboles a trasplantar. 11. Opinión Técnica de la CONAGUA (si colinda con ríos, lagos o arroyos). 12. Autorizacion de la SEMARNAT para predios mayores a 500 m2, anexando comprobante de pago correspondiente. 13. Autorizacion de la Secretaria de Medio Ambiente del Gobierno del Estado, anexando copia del documento de ingreso. 14. Croquis de ubicación del predio. 15. Fotografías actuales del predio. NOTA: Para los predios colindantes con el monumento nacional Cerro de la Silla, sera obligatorio presentar Resolución del Manifiesto de Impacto Ambiental emitido por la SEMARNAT y la Secretaría de Medio Ambiente del Estado de Nuevo León. |
| Formatos Preestablecidos | |
| Oficinas y Contacto | |
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| Secretaría | Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano |
| Secretario o Director | Ing. Guillermo Hernandez Ramirez |
| Área y Departamento | Dirección General de Medio Ambiente y Sustentabilidad |
| Ubicación | Ave. Morones Prieto # 914 Ote. Colonia la Huerta, Locales 115 y 116, plaza Matz. |
| Contacto | Tel. 8180076457 Ext. 6415 correo electrónico: dgmas2427@gmail.com |
| Responsable del Trámite | Lic. Zeico Angélica Rodríguez Machado |
| Horarios |
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| Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00 hrs. Ave. Morones Prieto # 914 Ote. Colonia la Huerta, Locales 115 y 116, plaza Matz. |
| Tiempo de Respuesta y Costos | |
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| Costo y Medio de Pago | El monto es variable y depende del número de árboles a talar, especie, diámetro y condiciones fitosanitarias. El pago podrá realizarse en la Tesorería Municipal o en la caja del módulo de atención ciudadana de la SIDU. En caso de reposición mayor a 10 árboles, el pago se realizará directamente en viveros autorizados por el Municipio. |
| Plazo o Tiempo de Respuesta | De 2 a 5 días hábiles para la notifiacion del Dictamen Tecnico y de 1 a 2 semanas para la notifiacion de la Autorizacion correspondiente, previo cumplimiento de la reposicion forestal. |
| Criterios de Resolución del Trámite | Que la solicitud sea presentada por el propietario o su representante legal, que se haya cumplido con la reposición forestal ordenada y, en su caso, que se cuente con las autorizaciones estatales y federales correspondientes. La resolución se sustentará en criterios técnicos, ambientales y jurídicos, priorizando la mitigación de impactos ambientales y el cumplimiento de la normatividad vigente. |
| Documento que se Obtiene | Autorización de tala, deshierbe, limpieza y/o desmonte. |
| Vigencia del Trámite o Servicio | 30 días hábiles |
| Información Adicional |
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| La autorización de tala deshierbe, limpieza y/o desmonte se otorgará únicamente una vez acreditado el cumplimento total de la reposición forestal ordenada. |
| Fundamento Legal |
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| Artículos 9 Fracción XXVIII, 26, 33, 35, 36, 37, 38, 47, 51, 52, 53, 56, 57 y 58 del Reglamento de Protección Ambiental del Municipio de Guadalupe, N.L. |