Nombre del Trámite
DESMONTE Y TALA DE ÁRBOLES EN PREDIOS A URBANIZAR Última modificación : 2025-04-04

Descripción
Conjunto de pasos administrativos que deben cumplirse para realizar la actividad de corte de árboles, remoción de vegetación natural como arbustos, maleza, etc. en terrenos de propiedad pública o privada, derivado de proyectos de urbanización, infraestructura o cambio de uso de suelo, de manera legal y respetando las normativas ambientales, a fin de obtener la autorización correspondiente.

¿Cómo tramitarlo?
1. Presentación de la solicitud: El solicitante debe de completar y presentar el formulario correspondiente ante la Dirección General de Medio Ambiente y Sustentabilidad, adjuntando todos los documentos requeridos. 2. Revisión y evaluación: La autoridad revisará los documentos y efectuará la visita técnica al lugar de la tala para verificar la viabilidad del proyecto y la existencia de vegetación y árboles de talar. 3. Dictamen Técnico: Se evalúa la solicitud y la documentación presentada, así como lo observado en la visita técnica, determinándoselo la obligación presentada, así como lo observado en la visita técnica, determinándoselo la obligación de compensar el daño ecológico la cantidad de árboles a reponer al municipio por concepto de desmonte y tala de árboles, mismo que se le notificará al solicitante por escrito. 4. Reposición forestal: El promovente llama o acude personalmente al vivero autorizado para la compra de los árboles, el vivero le entregara la factura de compra, misma que deberá de presentar por duplicado ante la Dirección General de Medio Ambiente y Sustentabilidad. 5. Autorización: Se emitirá un autorización de tala y/o afectación de cubierta vegetal como desmonte, limpieza o deshierbe que autoriza la ejecución de la actividad en el lugar establecido, en dicha Autorización se incluirán detalles sobre el número de árboles permitidos a talar, metros cuadrados a afectar, lineamientos ambientales sobre el procedimiento de tala y deshierbe, limpieza y/o desmonte, dicha autorización se notificara al solicitante.

Requisitos
Quien lo solicita Propietario y/o representante legal del predio
Documentos Solicitados 1. Solicitud correspondiente. 2. Copia de escrituras o documento que acredite la propiedad. 3. Acta constitutiva de la persona moral. 4. Copia del impuesto predial al corriente. 5. Carta poder que otorgue el propietario del predio al tramitador. 6. Copia de identificación oficial (propietario y tramitador). 7. Copia del proyecto urbanístico o de uso de suelo autorizado. 8. Copia del instructivo de notificación de la aprobación del proyecto urbanístico. 9. Copia del inicio del trámite de uso de suelo para el caso de los trámites de uso de suelo se podrá presentar copia del pago del inicio del trámite e indicarse el número de expediente otorgado por la Dirección General de Desarrollo. 10. Plano de arbolado identificando en color rojo los árboles a talar, en verde los árboles a respetar y en amarillo los árboles a trasplantar. 11. Opinión Técnica de la CONAGUA (si colinda con ríos, lagos o arroyos). 12. Vo.Bo. de la SEMARNAT (predios mayores a 500 m2) anexando comprobante de pago ante esa Secretaría. 13. Vo.Bo. de la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Estado de Nuevo León, anexando copia del comprobante de ingreso. 14. Croquis de ubicación. 15. Fotografías del predio. NOTA: Para los predios que colindan con el monumento nacional Cerro de la Silla, deberán de presentar Resolución del Manifiesto de Impacto Ambiental emitido por la SEMARNAT y la Secretaría de Medio Ambiente del Estado de Nuevo León.
Formatos Preestablecidos

Oficinas y Contacto
Secretaría Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano
Secretario o Director Ing. Guillermo Hernández Ramírez
Área y Departamento Dirección General de Medio Ambiente y Sustentabilidad
Ubicación Ave. Morones Prieto # 914 Ote. Colonia la Huerta, Locales 115 y 116, plaza Matz.
Contacto Tel. 80076457 Ext. 6415 correo electrónico: dgmas2427@gmail.com
Responsable del Trámite Lic. Zeico Angélica Rodríguez Machado

Horarios
Lunes a Viernes de 8:00 a 16:00 hrs.

Tiempo de Respuesta y Costos
Costo y Medio de Pago Variable, dependen de la cantidad de árboles a talar, especie, diámetro y las condiciones fitosanitarias de los los ejemplares
Plazo o Tiempo de Respuesta 2 a 5 días hábiles en informarle vía oficio la cantidad de árboles y entregar al municipio por reposición forestal y de 1 a 2 semanas en notificarse el permiso, previo cumplimiento de la reposición forestal.
Criterios de Resolución del Trámite 1. Que sea el propietario quien solicite, que se haya cumplido con la reposición forestal y en algunos casos que presenten las aprobaciones de la Secretaría de Medio Ambiente Estatal y la SEMARNAT. Para la resolución de trámite se tomarán criterios que se centran principalmente en la justificación técnica y ambiental de la actividad, buscando siempre mitigar los impactos negativos sobre el medio ambiente, para que cualquier intervención se realice de manera sostenible y responsable, cumpliendo además con las normativas, locales, estatales y federales.
Documento que se Obtiene Autorización de tala, deshierbe, limpieza y/o desmonte.
Vigencia del Trámite o Servicio 30 días hábiles

Información Adicional
La autorización de tala, deshierbe, limpieza y/o desmonte se otorgará posterior al cumplimiento de la reposición forestal ordenada.

Fundamento Legal
En base al reglamento de Protección ambiental vigente del municipio, artículos 9 Fracción XXVIII, 26, 33, 35, 36, 37, 38, 47, 51, 52, 53, 56, 57 y 58.