Nombre del Trámite | |
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Recepción y atención a los reportes de maltrato a personas adultas mayores. | Última modificación : 2025-06-16 |
Descripción |
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Se brinda acompañamiento, protección y atención a personas adultas mayores del Municipio de Guadalupe que son víctimas de maltrato. |
¿Cómo tramitarlo? |
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1.- Se puede acudir a la Defensoría Municipal a solicitar la atención de manera personal, vía telefónica, por oficio y/o por redes sociales. 2.- Proporcionar la información necesaria para realizar la investigación del caso. El trámite se puede realizar de manera anónima |
Requisitos | |
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Quien lo solicita | Cualquier ciudadano que tenga conocimiento de alguna persona adulta mayor que sea víctima de maltrato o la propia persona adulta mayor |
Documentos Solicitados | No se solicitan documentos oficiales, únicamente la siguiente información: Nombre de la persona adulta mayor; Edad; Domicilio; Presunto agresor; Información de la situación, tipo de maltrato, parentesco con el presunto agresor, tiene mas familia, etc. |
Formatos Preestablecidos | Ninguno |
Oficinas y Contacto | |
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Secretaría | Dirección General del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia DIF |
Secretario o Director | Mtra. Josefina Villarreal |
Área y Departamento | Defensoría Municipal |
Ubicación | Av. Nuevo León s/n esq. Toluca, Ignacio Allende Guadalupe, N.L |
Contacto | Tel: 81 80 07 63 10 Linea Dorada: 81 24 74 70 00, en función 24 hrs |
Responsable del Trámite | Carmen Julia Martínez Díaz |
Horarios |
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Lunes a viernes de las 9:00 a 17:00 horas. |
Tiempo de Respuesta y Costos | |
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Costo y Medio de Pago | Gratuito |
Plazo o Tiempo de Respuesta | Inmediato. |
Criterios de Resolución del Trámite | Que la persona adulta mayor víctima de maltrato resida dentro del municipio de Guadalupe, N.L. |
Documento que se Obtiene | No aplica. |
Vigencia del Trámite o Servicio | Indefinido |
Información Adicional |
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Una vez que acude el equipo de la Defensoría a ratificar la denuncia se solicitan los siguientes documentos: - INE - CURP - Actas de Nacimiento - Diagnostico médico geriátrico - Constancias de salud - Constancias de servicio médico |
Fundamento Legal |
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Reglamento Municipal del Ayuntamiento de Guadalupe, Nuevo León, Artículo 38, Fracción I, IV, XIII, XVIII, XXIX Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 36 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 2do párrafo Artículo 1, Artículo 2, Fracción III; Artículo 4, Fracción I y V; Artículo 5, 6, 7, 8, 9 y Artículo 38, Fracción I, III y VII de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Nuevo León |