Nombre del Trámite
Cartilla de Identidad Militar Última modificación : 2026-02-23

Descripción
La Cartilla de Identidad Militar es el documento que expide la Secretaría de la Defensa Nacional a todo mexicano que cumple con el Servicio Militar Nacional ya sea en territorio nacional o en el extranjero. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos impone a los varones mexicanos por nacimiento o por naturalización esta obligación que inicia en el año en que cumplen 18 años de edad y concluye el 31 de diciembre del año en que cumplen los 40.

¿Cómo tramitarlo?
Se debe acudir con la documentación requerida a la oficina de la Junta Municipal de Reclutamiento de Guadalupe, Nuevo León: 1.- Se presenta la documentación y requisitos solicitados, todo en original y de reciente expedición (del año en curso) 2.- Se revisa que esté en orden la documentación, 3.-Se le proporciona una solicitud que debe llenar el interesado, 4.-Se capturan los datos en la Cartilla de Identidad Militar de acuerdo a la documentación presentada, 5.- El interesado la revisa y la firma, de conformidad que sean correctos, 6.- Al interesado se le toma su huella digital del pulgar derecho, 7.- Se le da una cita para recoger su Cartilla de Identidad Militar en un plazo aproximado de 15 a 30 días.

Requisitos
Quien lo solicita Los ciudadanos del sexo masculino que comprueben habitar en el Municipio de Guadalupe, Nuevo León y que estén en edad de cumplir con su Servicio Militar Nacional (18 a 40 años).
Documentos Solicitados Original y copia: 1.- Acta de Nacimiento, 2.- CURP, 3.- Comprobante de Domicilio a nombre de uno de los padres o del interesado (Recibo de cualquier servicio y en caso de no ser dueño de la propiedad solicitar en el Municipio la Constancia de Residencia), 4.- Comprobante de Estudios terminados (kardex o certificado), 5.- Cuatro fotografías tamaño credencial en blanco y negro o a color, con pegamento adhesivo, fondo blanco totalmente (sin sombra ni fondo obscuro o grisáceo) sin brillo (papel mate que no se vean rayas ni puntos en la impresión) que no sean instantáneas, con volumen de cara, cabello corte militar sin excepción, sin patillas, ni copetes, de frente, sin barba, sin bigote (que no se vea nada de crecimiento de vello, cara totalmente limpia), con camiseta cuello redondo blanca, sin aretes, sin collares, sin lentes. 6.- En caso de ser remiso (personas que no realizaron el trámite a los 18 años) quien los solicita los ciudadanos de sexo masculino que son registrados o nacidos en diferentes municipios a este, deberán comprobar su residencia en el municipio de Guadalupe, Nuevo León, así mismo ciudadanos que son foráneos contar con su Constancia de No Registro o presentar lo antes mencionado.
Formatos Preestablecidos

Oficinas y Contacto
Secretaría Secretaría del Ayuntamiento
Secretario o Director Lic. Norma Alicia Guadarrama Ramírez
Área y Departamento Coordinación de Reclutamiento
Ubicación Avenida San Sebastián S/N, Colonia San Sebastián de Los Lermas en Guadalupe, Nuevo León. (Parque Río la Silla Unidad Pipo).
Contacto 811-958-17-34 correo institucional: reclutamiento.militar@guadalupe.gob.mx
Responsable del Trámite Lic. Norma Alicia Guadarrama Ramírez

Horarios
Lunes a viernes de 8:00 A.M a 3:00 P.M.

Tiempo de Respuesta y Costos
Costo y Medio de Pago Gratuito
Plazo o Tiempo de Respuesta De 15 a 30 días hábiles.
Criterios de Resolución del Trámite Se debe reunir con la edad, requisitos y documentación exigida por la Secretaría de la Defensa Nacional (DEFENSA), en el periodo de Alistamiento en días hábiles del 15 de enero al 15 de octubre de cada año.
Documento que se Obtiene Media Cartilla Militar
Vigencia del Trámite o Servicio Indefinido

Información Adicional
La expedición de Constancias (De Cartilla de Identidad Militar que se encuentre en Trámite, Tramitada, No Tramitadas) genera un pago de derechos de acuerdo a un salario mínimo que rija a nivel nacional en el país, de conformidad con la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Nuevo León. El pago de derechos se actualiza cada año y se debe realizar en efectivo en las cajas de Ingresos de la Tesorería Municipal

Fundamento Legal
Artículos 1,42 y demás relativos a la Ley del Servicio Militar Nacional y su Reglamento.