| Nombre del Trámite | |
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| Pago de Anuencia Municipal | Última modificación : 2025-06-19 |
| Descripción |
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| El pago de anuencia municipal, es en si un consentimiento que ejerce el Municipio de Guadalupe a los contribuyentes por venta o consumo de bebidas alcohólicas. |
| ¿Cómo tramitarlo? |
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| 1.- Acude a la ventanilla de la Dirección de Ingresos. 2.- Presentar los documentos necesarios para su tramite mencionados en esta ficha. |
| Requisitos | |
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| Quien lo solicita | La ciudadanía en general del Municipio de Guadalupe. |
| Documentos Solicitados | 1.- Permiso 2.- Pago anterior de anuencia (dependiendo del caso) 3.- Predial actual 4.- Pago de recolección de basura actual 5.- Credencial de elector del Titular y/o representante legal (todo lo anterior en copias) 6.- Vo. Bo. Inspectores |
| Formatos Preestablecidos | Ninguno |
| Oficinas y Contacto | |
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| Secretaría | Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal |
| Secretario o Director | Dr. Engelbert Poblette Mejia |
| Área y Departamento | Dirección de Ingresos - Coordinación de Ejecuciónes y Rezagos |
| Ubicación | Oficinas, Guadalupe 120 Pte. Centro de Guadalupe |
| Contacto | 81-8007-6498 |
| Responsable del Trámite | Lic. Pedro Guadalupe Cardiel Arellano |
| Horarios |
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| Lunes a Viernes de 8:00 am a 17:00 pm. |
| Tiempo de Respuesta y Costos | |
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| Costo y Medio de Pago | Costo establecido dependiendo el giro del negocio, según la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León El medio de pago puede ser de manera presencial o a través de las tarjetas de crédito participantes (excepto American Express). |
| Plazo o Tiempo de Respuesta | Inmediata |
| Criterios de Resolución del Trámite | Cubriendo con los requisitos establecidos, se procede con su tramite. |
| Documento que se Obtiene | Recibo de pago de anuencia. |
| Vigencia del Trámite o Servicio | Vigencia de un año. |
| Información Adicional |
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| Ninguna |
| Fundamento Legal |
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| La Ley de Hacienda de los municipios, articulo 58 bis. “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida" |