Nombre del Trámite
MODERNIZACION CATASTRAL Última modificación : 2022-11-25

Descripción
Trámite correspondiente a regularización de construcción de un inmueble.

¿Cómo tramitarlo?
1.- Acude a la ventanilla de la Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria. 2.- Presentar los documentos necesarios para su trámite mencionados en esta ficha.

Requisitos
Quien lo solicita La Ciudadania en general del Municipio de Guadalupe.
Documentos Solicitados 1. Comprobante del pago del Impuesto Predial actualizado 2. Credencial de elector en copia del propietario (dado el caso carta poder simple e IFE del propietario y apoderado) 3. Copia de escritura o contrato de compra-venta,
Formatos Preestablecidos Ninguno

Oficinas y Contacto
Secretaría Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal
Secretario o Director Lic. Juan Manuel Saldivar González
Área y Departamento Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria
Ubicación Oficinas, Guadalupe 120 Pte. Centro de Guadalupe
Contacto 80076500
Responsable del Trámite C.P. Cesar Enrique Ortiz de Santiago

Horarios
Lunes a Viernes de 8:00 am a 2:00 pm.

Tiempo de Respuesta y Costos
Costo y Medio de Pago Costo según expediente, medio de pago: efectivo, cheque o tarjetas de crédito o débito excepto American Express.
Plazo o Tiempo de Respuesta De 10 a 20 días hábiles, dependiendo de los procesos internos de Catastro del Estado.
Criterios de Resolución del Trámite Cubriendo con los requisitos establecidos, se procede con su tramite.
Documento que se Obtiene Recibos de pago municipal y estatal, croquis de construcción.
Vigencia del Trámite o Servicio Indefinido, hasta presentar algún movimiento o cambio ante catastro del estado.

Información Adicional
1. Tener construcción finalizada a partir del 2016

Fundamento Legal
La ley de hacienda para los municipios, ley de catastro del estado y el reglamento de la ley de catastro. “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida"