Nombre del Trámite | |
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BAJA DE CONSTRUCCIÓN TOTAL | Última modificación : 2022-11-25 |
Descripción |
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Trámite correspondiente a baja de metros cuadrados de construcción |
¿Cómo tramitarlo? |
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1.- Acude a la ventanilla de la Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria. 2.- Presentar los documentos necesarios para su tramite mencionados en esta ficha. |
Requisitos | |
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Quien lo solicita | La ciudadanía en general de Municipio de Guadalupe. |
Documentos Solicitados | 1. Credencial de elector copia 2. Comprobante del pago del Impuesto Predial actualizado 3. Copia de escritura o contrato de compra venta (en caso que la propiedad no aparezca a su nombre) (dado el caso de Carta Poder simple, IFE del propietario y carta poder.) |
Formatos Preestablecidos | Ninguno |
Oficinas y Contacto | |
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Secretaría | Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal |
Secretario o Director | Lic. Juan Manuel Saldivar González |
Área y Departamento | Dirección de Ingresos y Recaudación Inmobiliaria - Coordinacion de Predial y Modernizacion Catastral |
Ubicación | Oficinas, Guadalupe 120 pte. Centro de Guadalupe |
Contacto | 80076500 ext. 6570 o 1663 |
Responsable del Trámite | C.P. Cesar Enrique Ortiz de Santiago |
Horarios |
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Lunes a Viernes de 8:00am a 5:00 pm |
Tiempo de Respuesta y Costos | |
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Costo y Medio de Pago | Sin costo |
Plazo o Tiempo de Respuesta | De 30 días hábiles, dependiendo de los procesos internos de Catastro del Estado. |
Criterios de Resolución del Trámite | Cubriendo con los requisitos establecidos, se procede con su tramite. |
Documento que se Obtiene | Estado de Cuenta. |
Vigencia del Trámite o Servicio | Indefinido, hasta presentar algún movimiento o cambio ante catastro del estado. |
Información Adicional |
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Ninguna |
Fundamento Legal |
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Art. 9, art. 30 bis 1 de la Ley de Catastro, Art. 12 fracciones I, V, Art. 26 fracc. II, Art. 32 del reglamento de la Ley de Catastro, Art. 276 fracc IX de la Ley de Hacienda para el Estado Art. 7° y 9° transitorios de la Ley del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, art. 16 fracc. II y IV del reglamento interior del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León. “La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada. La misma será de cumplimiento obligatorio para los servidores públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración publica, ante quienes se lleven a cabo los trámites y servicios, en la forma establecida en ellos y no podrán aplicarse de otra forma, ni deberán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la establecida" |