Programa de apoyo ante contingencia sanitaria (COVID – 19)

Se establece un programa que provea de alimentos (1 despensa alimentaria básica), a distintos sectores vulnerables de la sociedad guadalupense, privilegiando a aquellos que tengan dependientes económicos menores de 18 años, que demuestren que han perdido su empleo y que de igual manera demuestren una percepción mensual bruta de hasta 5,000.00 pesos.

Proteger tu familia, compromiso de todos.

Requisitos:

  • Vivir en el municipio de Guadalupe, Nuevo León;
  • Ser jefa o jefe de familia, con dependientes económicos menores .de 18 años;
  • Que demuestren haber perdido su empleo en el último mes; y
  • Que demuestren una percepción mensual bruta de hasta $5,000.00 pesos.

Contar con la siguiente documentación:

  • Credencial de elector (INE)
  • Comprobante de domicilio (de Guadalupe, NL)
  • Carta bajo protesta de decir verdad que acredite su situación respecto a los requisitos
  • Copia de acta de nacimiento de hijos o dependientes económicos menores de 18 años

Si cumples con los requisitos y tienes la documentación requerida pide el apoyo en línea

Es importante advertir que la documentación recibida por parte de los posibles candidatos quedará en resguardo del Gobierno Municipal de Guadalupe en estricto apego a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Registro:

Deberá realizarse a partir de la publicación de la presente convocatoria, teniendo como fecha límite hasta el 3 de abril de 2020, la solicitud de la documentación para el cumplimiento de las bases se hará conforme al número de contacto que se otorgue en el registro en línea, antes mencionado.

Mecánica de entrega:

La entrega de los presentes apoyos estará sujeta a la suficiencia presupuestal del Programa, y los beneficiarios del mismo serán definidos por un Comité Técnico. Asimismo, los acreedores del presente beneficio serán dados a conocer en la página oficial del municipio de Guadalupe, Nuevo León: www.guadalupe.gob.mx.

Los apoyos alimentarios a los que alude la presente convocatoria serán entregados en el domicilio del beneficiario, con base en la información recabada en el registro.

Transitorio:

Lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico del Programa.

Aviso:

En cumplimiento con la Ley General de Desarrollo Social en su artículo 28. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al Desarrollo Social”.